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A raiz de la demanda interpuesta por un grupo de ciudadanos que fueron multados por conducir en carretera con las luces apagadas durante el día, (Vea aquí la denuncia) después de que fuera anulada la norma el 7 de julio del año 2011, el Instituto de Tránsito aseguró que dichas sanciones son impuestas por la Policía de Carreteras quienes actúan en las vías departamentales y nacionales, y no por los agentes de tránsito de Pereira quienes solamente tienen jurisdicción municipal.
Así mismo voceros de la entidad aseguraron que la norma en cuestión gozaba de la presunción de legalidad hasta tanto el Consejo de Estado no determinara que era nula, “por otra parte no puede decirse que el Instituto Municipal de Tránsito de Pereira sea responsable de falla en la función legislativa pues tampoco es el órgano que profirió la Resolución 2730 del 28 de septiembre de 2004”.
La demanda fue resuelta el día 5 de julio del año, “por lo que a la fecha no existe ningún fallo que ordene la devolución de una suma de dinero, además el accionante no pudo determinar la cuantía o valor de los perjuicios, por lo que el valor a la fecha es indeterminado”, dijo la entidad.
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